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Artículo 13 de la LEY DEL CONSEJO, ECONÓMICO, SOCIAL Y AMBIENTAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO.

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El Artículo 13 explica cómo funciona la Asamblea General del Consejo. Sus reglas principales son: se reúnen de forma normal cuatro veces al año, aunque pueden juntarse más veces si es necesario. Para las juntas normales, te invitan con cinco días de anticipación; para las urgentes, con dos días. La junta es válida solo si va más de la mitad de los consejeros. Para tomar decisiones, necesitan el voto de la mayoría calificada (más de la mitad de los votos), y si hay empate, el presidente tiene el voto decisivo. Lo que acuerdan o recomiendan es solo una opinión, no es obligatorio, y pueden invitar a expertos a opinar, aunque sin derecho a votar.

Texto oficial

Artículo 13.- Sin perjuicio de lo establecido en el Reglamento, la Asamblea General del Consejo se sujeta a las siguientes reglas: I. Celebrar sesiones ordinarias cuatro veces al año y sesiones extraordinarias las veces que lo considera necesario; II. La convocatoria a sus sesiones ordinarias deberán realizarse con cinco días hábiles de anticipación y la convocatoria a sus sesiones extraordinarias con dos días hábiles de anticipación; III. Sus sesiones ordinarias o extraordinarias son consideradas válidas cuando se encuentran presentes más de la mitad de personas Consejeras del Consejo; IV. Sus Acuerdos se toman por mayoría calificada; V. En el caso de empate en la votación de sus Acuerdos su Presidente tiene voto de calidad; VI. Sus dictámenes, opiniones y recomendaciones tienen un carácter consultivo y orientativo; VII. Pueden ser invitadas a sus sesiones, personas o instituciones reconocidas por sus aportaciones en los asuntos a tratar en sus sesiones, las cuales tienen únicamente derecho a voz; y VIII. Ser espacio de interlocución fundada a nivel técnico con grupos o personas interesadas en temas de alto impacto en materias económico, social y ambiental. CAPÍTULO III Del Comité Directivo

Ver ley oficial en el DOF (pág. 6) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.