Artículo 31 de la LEY DEL CONSEJO, ECONÓMICO, SOCIAL Y AMBIENTAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO.
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El artículo 31 dice que el Fondo, si el Consejo se lo pide, puede crear subfondos para varios propósitos. Estos subfondos servirían para que la ciudad sea más competitiva, para transformar la producción y generar empleos, y para mejorar el clima de negocios. También se pueden usar para avanzar hacia una economía basada en el conocimiento, apoyar a micro, pequeñas, medianas empresas y cooperativas, y promover inversiones entre el gobierno y empresas privadas que beneficien a la sociedad. En pocas palabras, el Fondo tiene permiso para apartar dinero en cajitas especiales, cada una con un objetivo específico para mejorar la economía y la vida de la gente.
Texto oficial
Artículo 31.- El Fondo, a petición del Consejo, podrá constituir subfondos para: I. Mejorar la competitividad de la Ciudad; II. La transformación productiva que impulse la competitividad y el empleo; III. Mejorar el ambiente de negocios; IV. El tránsito hacia una economía basada en el conocimiento; V. El impulso a la creación y desarrollo de micro, pequeñas, medianas empresas y cooperativas; y VI. En general, promover las inversiones público-privadas que produzcan beneficios sociales.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.