Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.
Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/CDMX_771/30
Ley
LEY DEL CONSEJO, ECONÓMICO, SOCIAL Y AMBIENTAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO.
Artículo
30

Artículo 30 de la LEY DEL CONSEJO, ECONÓMICO, SOCIAL Y AMBIENTAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO.

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El Fondo tiene un Comité Técnico, que es como un grupo de personas que toman decisiones importantes sobre el dinero. Cómo se organiza ese comité (quiénes lo forman, cómo funcionan) lo dice el contrato de fideicomiso, que es el documento legal donde se establecen las reglas del Fondo. En otras palabras, no hay una estructura fija por ley, sino que cada Fondo la define en su propio contrato.

Texto oficial

Artículo 30.- El Fondo contará con un Comité Técnico, cuya estructura estará definida por el contrato de fideicomiso.

Ver texto oficial de la LEY DEL CONSEJO, ECONÓMICO, SOCIAL Y AMBIENTAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO. (pág. 12) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.

Artículo 30 de la LEY DEL CONSEJO, ECONÓMICO, SOCIAL Y AMBIENTAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO., explicado | Precedente Legal