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Ley
LEY DEL SISTEMA PÚBLICO DE RADIO DIFUSIÓN DE LA CIUDAD DE MÉXIC
Artículo
16

Artículo 16 de la LEY DEL SISTEMA PÚBLICO DE RADIO DIFUSIÓN DE LA CIUDAD DE MÉXIC

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

La persona que es la directora o director general es quien habla y firma por el Sistema en asuntos legales y oficiales, como si fuera su "cara legal". Puede hacer casi de todo en nombre del Sistema, tanto cosas comunes como especiales, a menos que alguna regla o ley se lo prohíba, igual que pasa con otros organismos parecidos. En otras palabras, ese director tiene mucho poder para tomar decisiones, pero siempre dentro de lo que marcan las leyes.

Texto oficial

Artículo 16. La persona titular de la Dirección General es el representante legal del Sistema con todas las facultades generales y especiales sin más limitaciones que las establecidas normativamente a los organismos de su clase.

Ver texto oficial de la LEY DEL SISTEMA PÚBLICO DE RADIO DIFUSIÓN DE LA CIUDAD DE MÉXIC (pág. 9) ↗

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