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Artículo 17 de la LEY DEL SISTEMA PÚBLICO DE RADIO DIFUSIÓN DE LA CIUDAD DE MÉXIC

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Para ser el jefe o jefa del Sistema necesitas: tener carrera universitaria terminada, contar con al menos 4 años de experiencia comprobada en los temas del Sistema, ser mexicano o mexicana y estar en pleno uso de tus derechos, y tener buena reputación. Además, no debes haber tenido cargos en partidos políticos, iglesias o gobiernos (como Jefe de Gobierno, diputado o senador) en los últimos 5 años antes de ser nombrado. Tampoco puedes estar inhabilitado para trabajar en el servicio público, y debes presentar tus declaraciones de patrimonio, intereses y situación fiscal. Por último, no puedes haber trabajado en los últimos 3 años para ninguna empresa de telecomunicaciones o radiodifusión, ni para sus asociaciones o concesionarios.

Texto oficial

Artículo 17. Para ser titular de la Dirección General del Sistema se requiere: I. Contar con nivel mínimo de licenciatura; II. Contar con experiencia mínima comprobada de cuatro años en las materias que son objeto del Sistema; III. No desempeñar, ni haber desempeñado en los cinco años anteriores a su designación, cargos en alguna agrupación o asociación religiosa; IV. Ser ciudadana o ciudadano mexicano y estar en pleno goce y ejercicio de sus derechos civiles y políticos; V. No desempeñar, ni haber desempeñado en los cinco años anteriores a su designación, cargos en algún partido, agrupación o asociación política, ni haber sido candidatos de elección popular; VI. No haber desempeñado, cargo de Jefe o Jefa de Gobierno, Secretario o Secretaria de alguna Dependencia de la Administración Pública de la Ciudad de México, Fiscal General de Justicia, ni haber sido diputado o diputada al Congreso, titular de una Alcaldía, ni Senador o Senadora o Diputado o Diputada Federal en los cinco años anteriores a su designación; VII. No estar inhabilitado para desempeñar un empleo, cargo o comisión en el servicio público federal o local; VIII. Gozar de reconocido prestigio personal; IX. Presentar las declaraciones patrimonial, de intereses y fiscal, y X. No ser ni haber sido dentro de los últimos tres años, persona en carácter de titular, socio, apoderado, accionista, directivo, empleado o partícipe de concesiones o concesionarios de uso comercial para prestar servicios de telecomunicaciones o radiodifusión; o de cámaras o asociaciones cuyos miembros detenten dichas concesiones.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 9) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.