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Artículo 1 de la LEY DE LA ACCESIBILIDAD PARA LA CIUDAD DE MÈXICO

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Esta ley es obligatoria para todos en la Ciudad de México y busca que las personas con discapacidad o movilidad limitada puedan entrar y moverse sin problemas en edificios, calles, banquetas, transporte, internet y toda clase de comunicación. Su objetivo es que estas personas puedan ejercer sus derechos y que nadie las discrimine, promoviendo que todos tengan las mismas oportunidades. Si alguien no cumple con esta ley, se aplicarán las sanciones que marcan otras leyes relacionadas.

Texto oficial

Artículo 1.- La presente Ley es de orden público e interés social y tiene por objeto que en la Ciudad de México se garantice el derecho a la accesibilidad al entorno físico, las edificaciones, los espacios públicos, la información y las comunicaciones, incluidos los sistemas y las tecnologías de la información y el transporte, especialmente para las personas con discapacidad y personas con movilidad limitada, asegurando el ejercicio de sus derechos y eliminando cualquier forma de discriminación y promoviendo la igualdad. En caso de incumplimiento se estará a lo dispuesto por los ordenamientos legales a los que se encuentra sujeta la presente Ley.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 1) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.