Artículo 11 de la LEY DE APARATOS AUDITIVOS GRATUITOS EN LA CIUDAD DE MÈXICO
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Si un doctor te receta un aparato auditivo (como un auxiliar para oír mejor) y vives en la Ciudad de México, tienes derecho a recibirlo sin pagar nada. Para obtenerlo, debes llenar un formato que da la Secretaría de Desarrollo Social (si eres menor de edad, lo hacen tus papás o tutores con su identificación). También tienes que llevar tu acta de nacimiento y una identificación, como la credencial de elector, que muestre que vives en la Ciudad de México. Además, necesitas aceptar que te hagan una revisión de oído gratis en los lugares y horarios que indique la Secretaría de Salud, y comprobar tu problema de audición con un documento oficial de esa misma secretaría.
Texto oficial
Artículo 11.- Todas las personas en la Ciudad de México que por prescripción médica lo necesiten, tendrán derecho a recibir gratuitamente aparatos auditivos, para lo cual deberán cumplir con los siguientes requisitos: I. Requisitar la solicitud correspondiente, que para el efecto emita la Secretaria de Desarrollo Social. En el caso de los menores de edad, dicha solicitud deberá ser presentada por los padres o tutores del menor, con la acreditación correspondiente; II. Presentar acta de nacimiento e identificación para el caso de los menores de edad o en su caso credencial de elector que permita acreditar residencia en la Ciudad de México; III. Someterse de manera voluntaria a una revisión auditiva, a realizarse dentro de las instalaciones que la Secretaría de Salud destine para el Programa de Aparatos Auditivos Gratuitos, en los horarios y fechas establecidas en el cronograma aprobado previamente; y IV. Acreditar su discapacidad auditiva con documento expedido por la Secretaría de Salud de la Ciudad de México.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.