- Ley
- LEY DE APARATOS AUDITIVOS GRATUITOS EN LA CIUDAD DE MÈXICO
- Artículo
- 2
Artículo 2 de la LEY DE APARATOS AUDITIVOS GRATUITOS EN LA CIUDAD DE MÈXICO
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Los servidores públicos que apliquen esta ley deben trabajar siguiendo reglas claras: tratar a todos por igual, dar más apoyo a quien más lo necesita, actuar con honestidad y permitir que la gente participe y exija sus derechos. Si no lo hacen, pueden ser castigados según lo que marquen otras leyes. Esto aplica en todo el país y para todas las personas.
Texto oficial
Artículo 2.- Los servidores públicos responsables de la ejecución de esta Ley en su aplicación deberán actuar con apego a los principios de universalidad, igualdad, equidad social, justicia distributiva, integralidad, territorialidad, exigibilidad, participación, transparencia, efectividad y buena fe, cuyo incumplimiento dará lugar al procedimiento y sanciones conforme a los ordenamientos legales aplicables.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.