Artículo 140 del REGLAMENTO DE LA LEY DE GESTIÓN INTEGRAL DE RIESGOS Y PROTECCIÓN CIVIL
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
La Secretaría va a crear un sistema que vigile todo el tiempo los servicios más importantes para la población, como el agua, la luz o los hospitales, junto con las oficinas que se encargan de esos servicios. Eso significa que van a estar checando constantemente cómo funcionan para evitar fallas o emergencias. Las autoridades responsables tendrán que cooperar para que ese monitoreo sea posible. En pocas palabras, es como poner cámaras y sensores a algo que no debe fallar.
Texto oficial
Artículo 140. La Secretaría implementará, con las instancias responsables de los servicios vitales y sistemas estratégicos, un sistema de monitoreo permanente.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.