Artículo 155 del REGLAMENTO DE LA LEY DE GESTIÓN INTEGRAL DE RIESGOS Y PROTECCIÓN CIVIL
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El gobierno de la Ciudad de México debe usar sus planes de protección civil, desarrollo urbano y medio ambiente para ayudar a la ciudad a prepararse y recuperarse de desastres, siguiendo las reglas básicas que marca la ley. Esto significa que todas las acciones en estas áreas tienen que enfocarse en hacer a la ciudad más fuerte frente a riesgos como temblores, inundaciones o contaminación.
Texto oficial
Artículo 155. Los instrumentos de política pública en materia de Gestión Integral de Riesgos y Protección Civil, Desarrollo Urbano y Medio Ambiente de la Ciudad de México deben fomentar la construcción y fortalecimiento de resiliencia bajo los principios rectores establecidos en la Ley. CAPITULO II DEL CONSEJO DE RESILIENCIA DE LA CIUDAD DE MÉXICO
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.