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Artículo 156 del REGLAMENTO DE LA LEY DE GESTIÓN INTEGRAL DE RIESGOS Y PROTECCIÓN CIVIL

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El Consejo de Resiliencia de la CDMX va a seguir las reglas que ya están escritas en la Ley, en este reglamento y en sus propias reglas internas que ellos mismos se pongan. Ese Consejo es un grupo de personas (un "órgano colegiado") que toman decisiones juntos. Básicamente, tienen que operar como lo marcan esos documentos, sin salirse de ahí. Es como cuando en un equipo acuerdan cómo trabajar y luego cumplen ese acuerdo. No hay más complicación que eso.

Texto oficial

Artículo 156. El Consejo de Resiliencia de la Ciudad de México, se organizará y funcionará de conformidad con las disposiciones de la Ley, el presente Reglamento y las Bases de Operación Internas que ese Órgano Colegiado expida.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 29) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

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