Artículo 156 del REGLAMENTO DE LA LEY DE GESTIÓN INTEGRAL DE RIESGOS Y PROTECCIÓN CIVIL
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El Consejo de Resiliencia de la CDMX va a seguir las reglas que ya están escritas en la Ley, en este reglamento y en sus propias reglas internas que ellos mismos se pongan. Ese Consejo es un grupo de personas (un "órgano colegiado") que toman decisiones juntos. Básicamente, tienen que operar como lo marcan esos documentos, sin salirse de ahí. Es como cuando en un equipo acuerdan cómo trabajar y luego cumplen ese acuerdo. No hay más complicación que eso.
Texto oficial
Artículo 156. El Consejo de Resiliencia de la Ciudad de México, se organizará y funcionará de conformidad con las disposiciones de la Ley, el presente Reglamento y las Bases de Operación Internas que ese Órgano Colegiado expida.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.