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Artículo 16 del REGLAMENTO DE LA LEY DE GESTIÓN INTEGRAL DE RIESGOS Y PROTECCIÓN CIVIL

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Para cumplir con lo del artículo anterior, el o la titular de la Secretaría tiene que entregar unos documentos donde venga clarito: primero, cuál es el objetivo general de la comisión; segundo, sus objetivos estratégicos; tercero, quiénes la integran; y cuarto, a qué comisión queda asignada la persona.

Texto oficial

Artículo 16. Para efectos del artículo anterior, la persona titular de la Secretaría deberá presentar los documentos en el que se describa lo siguiente: I. Objetivo general de la Comisión; II. Objetivos estratégicos; III. Integrantes; y IV. Comisión a la que queda adscrito.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 5) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.