Artículo 16 del REGLAMENTO DE LA LEY DE GESTIÓN INTEGRAL DE RIESGOS Y PROTECCIÓN CIVIL
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Para cumplir con lo del artículo anterior, el o la titular de la Secretaría tiene que entregar unos documentos donde venga clarito: primero, cuál es el objetivo general de la comisión; segundo, sus objetivos estratégicos; tercero, quiénes la integran; y cuarto, a qué comisión queda asignada la persona.
Texto oficial
Artículo 16. Para efectos del artículo anterior, la persona titular de la Secretaría deberá presentar los documentos en el que se describa lo siguiente: I. Objetivo general de la Comisión; II. Objetivos estratégicos; III. Integrantes; y IV. Comisión a la que queda adscrito.
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