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Artículo 74 del REGLAMENTO DE LA LEY DE GESTIÓN INTEGRAL DE RIESGOS Y PROTECCIÓN CIVIL

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Cada una de las 16 Alcaldías de la Ciudad de México tiene la obligación de pasarle a la Secretaría de Gestión Integral de Riesgos y Protección Civil toda la información que tenga sobre zonas peligrosas o riesgos en su territorio. Esa información se usa para armar y actualizar el Atlas de Riesgos de toda la ciudad, que es como un mapa oficial que muestra dónde pueden ocurrir desastres. El gobierno de la ciudad dirá las reglas exactas de cómo y cuándo compartir esos datos, para que todo esté ordenado y sea útil.

Texto oficial

Artículo 74. Las Alcaldías deberán compartir la información para la elaboración del Atlas de Riesgos de la Ciudad de México con la Secretaría, conforme los lineamientos técnicos y operativos que esta expida.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 15) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.