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Artículo 9 del REGLAMENTO DE LA LEY DE GESTIÓN INTEGRAL DE RIESGOS Y PROTECCIÓN CIVIL

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El artículo 9 dice que el Consejo (un grupo de personas que toman decisiones) y los Consejos de las Alcaldías (los que trabajan en cada alcaldía) tienen que seguir ciertas reglas para funcionar. Esas reglas vienen de la Ley, de este Reglamento, y de sus propias Bases de Operación Internas (que son como un manual interno que ellos mismos hacen). Cada Consejo puede crear sus propias reglas, pero solo para lo que les toca hacer. En otras palabras, no pueden inventarse cosas fuera de su "ámbito de competencia" (lo que la ley les permite hacer).

Texto oficial

Artículo 9. El Consejo y los Consejos de las Alcaldías se organizarán y funcionarán de conformidad con las disposiciones de la Ley, este Reglamento y las Bases de Operación Internas que cada Consejo expida en sus respectivos ámbitos de competencia.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 4) ↗

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