Artículo 5 del REGLAMENTO PARA SOMETER A LA APROBACIÓN DEL COMITÉ DE PLANEACIÓN DEL DESARROLLO DEL DISTRITO FEDERAL, LA CREACIÓN Y OPERACIÓN DE PROGRAMAS DE DESARROLLO SOCIAL QUE OTORGUEN SUBSIDIOS, APOYOS Y AYUDAS A LA POBLACIÓN DEL DISTRITO FEDERAL.
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El Comité está formado por el Jefe de Gobierno de la Ciudad de México, que será el presidente, y por los jefes de las oficinas del gobierno local, que serán vocales (es decir, miembros con derecho a dar su opinión y a votar). Además, deben asistir como asesores (para dar consejos, aunque sin derecho a voto) el titular de la Contraloría General y el de la Consejería Jurídica y de Servicios Legales de la Ciudad. En pocas palabras, quienes integran el Comité pueden opinar y decidir, y los asesores solo ayudan con su conocimiento.
Texto oficial
Artículo 5.- El Comité se integra por el Jefe de Gobierno del Distrito Federal, quien lo presidirá y por los titulares de las Dependencias de la Administración Pública del Distrito Federal en calidad de vocales, quienes tendrán voz y voto. Además de asistir en su calidad de Vocal, deberán asistir en calidad de Asesores, los titulares de la Contraloría General del Distrito Federal y de la Consejería Jurídica y de Servicios Legales del Distrito Federal.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.