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Artículo 36 del REGLAMENTO DE LA LEY QUE REGULA EL FUNCIONAMIENTO DE LOS CENTROS DE ATENCIÓN Y CUIDADO INFANTIL PARA EL DISTRITO FEDERAL.

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El Comité (el grupo de personas encargadas de tomar decisiones) va a analizar las solicitudes que reciba y decidir a qué Centro de Atención de Casos de Investigación (CACI) le toca el dinero del Fondo, y también cuánto dinero le va a dar. Ese dinero se va a repartir siguiendo las reglas que ponga el Comité, y se va a dar según qué tan urgente sea cada caso, como lo dice el artículo 56 de la Ley, y también según las indicaciones del mismo Comité.

Texto oficial

Artículo 36.- El Comité resolverá las solicitudes presentadas y determinará a qué CACI habrá de otorgarse el Fondo, así como el monto del mismo. Los recursos del Fondo, se distribuirán de acuerdo a los mecanismos que establezca el Comité y serán otorgados de acuerdo al nivel de prioridad dispuesto por el artículo 56 de la Ley, y los lineamientos que emita el citado órgano colegiado.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 8) ↗

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