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Artículo 37 del REGLAMENTO DE LA LEY QUE REGULA EL FUNCIONAMIENTO DE LOS CENTROS DE ATENCIÓN Y CUIDADO INFANTIL PARA EL DISTRITO FEDERAL.

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Para que un CACI (Centro de Atención y Cuidado Infantil) reciba dinero del Fondo, su representante legal debe firmar un acuerdo con las autoridades. Ahí se van a definir cómo y en qué condiciones se va a usar ese dinero, siguiendo ciertas reglas. Ese dinero solo se puede gastar en lo que el CACI pidió desde un inicio; si lo usan para otra cosa, les van a aplicar una multa o castigo, según lo que diga el acuerdo. Además, un Comité va a revisar que el dinero se use correctamente y en los tiempos acordados.

Texto oficial

Artículo 37.- Para el otorgamiento de los recursos del Fondo, será necesario que el CACI, a través de su representante legal, celebre un convenio en que se establezcan los términos y condiciones en que serán ejercidos los mismos, de acuerdo a los requisitos previstos en los Lineamientos. Los recursos otorgados a un CACI, deberán aplicarse únicamente para el fin contenido en la solicitud que dio origen a la autorización, en caso contrario, se hará acreedor a las sanciones que se señalen en el convenio. El Comité verificará que los recursos se apliquen en la forma y tiempo convenidos.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 8) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

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