Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.
Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/CFF/113
Ley
CÓDIGO Fiscal de la Federación
Artículo
113

Artículo 113 del CÓDIGO Fiscal de la Federación

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si alguien modifica o rompe los sellos, marcas o aparatos de control que el gobierno pone para vigilar impuestos, o hace algo para que no sirvan, puede ir a la cárcel de 3 meses a 6 años. También aplica si dañas las máquinas registradoras que usan las oficinas donde se pagan impuestos. Y si tienes marbetes o precintos (como etiquetas oficiales) sin haberlos comprado legalmente, o los vendes sin permiso, también te pueden castigar igual.

Texto oficial

Artículo 113.- Se impondrá sanción de tres meses a seis años de prisión, al que: I. Altere o destruya los aparatos de control, sellos o marcas oficiales colocados con fines fiscales o impida que se logre el propósito para el que fueron colocados. II. Altere o destruya las máquinas registradoras de operación de caja en las oficinas recaudadoras, o al que tenga en su poder marbetes o precintos sin haberlos adquirido legalmente o los enajene, sin estar autorizado para ello. III. (Se deroga).

Ver texto oficial del CÓDIGO Fiscal de la Federación (pág. 191) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.

Artículo 113 del CÓDIGO Fiscal de la Federación, explicado | Precedente Legal