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Artículo 113 del CÓDIGO Fiscal de la Federación

Explicado en lenguaje simple

En palabras simples

Si alguien modifica o rompe los sellos, marcas o aparatos de control que el gobierno pone para vigilar impuestos, o hace algo para que no sirvan, puede ir a la cárcel de 3 meses a 6 años. También aplica si dañas las máquinas registradoras que usan las oficinas donde se pagan impuestos. Y si tienes marbetes o precintos (como etiquetas oficiales) sin haberlos comprado legalmente, o los vendes sin permiso, también te pueden castigar igual.

Texto oficial

Artículo 113.- Se impondrá sanción de tres meses a seis años de prisión, al que: I. Altere o destruya los aparatos de control, sellos o marcas oficiales colocados con fines fiscales o impida que se logre el propósito para el que fueron colocados. II. Altere o destruya las máquinas registradoras de operación de caja en las oficinas recaudadoras, o al que tenga en su poder marbetes o precintos sin haberlos adquirido legalmente o los enajene, sin estar autorizado para ello. III. (Se deroga).

Ver ley oficial en el DOF (pág. 191) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.