- Ley
- CÓDIGO Fiscal de la Federación
- Artículo
- 15-A
Artículo 15-A del CÓDIGO Fiscal de la Federación
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Este artículo habla sobre la "escisión" de empresas, que es cuando una compañía divide lo que tiene (como dinero, deudas y propiedades) para crear una o más empresas nuevas. La empresa original se llama "escindente" y las nuevas empresas se llaman "escindidas". Hay dos formas de hacerlo: la primera es que la empresa original solo pasa una parte de sus bienes y deudas a las nuevas, pero ella sigue existiendo. La segunda es que la empresa original pasa todo lo que tiene a dos o más empresas nuevas y luego desaparece por completo. En este último caso, una de las empresas nuevas debe guardar los papeles importantes que la ley exige, como los que se mencionan en el artículo 28 del mismo código.
Texto oficial
Artículo 15-A. Se entiende por escisión de sociedades, la transmisión de la totalidad o parte de los activos, pasivos y capital social de una sociedad residente en el país, a la cual se le denominará escindente, a otra u otras sociedades residentes en el país que se crean expresamente para ello, CÓDIGO FISCAL DE LA FEDERACIÓN CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios Última Reforma DOF 09-04-2026 13 de 377 denominadas escindidas. La escisión a que se refiere este artículo podrá realizarse en los siguientes términos: I. Cuando la escindente transmite una parte de su activo, pasivo y capital social a una o varias escindidas, sin que se extinga, o II. Cuando la sociedad escindente transmite la totalidad de su activo, pasivo y capital social a dos o más sociedades escindidas, extinguiéndose la primera. En este caso, la sociedad escindida que se designe en los términos del artículo 14-B de este Código, deberá conservar la documentación a que se refiere el artículo 28 del mismo. Artículo reformado DOF 12-11-2021
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