- Ley
- CÓDIGO Fiscal de la Federación
- Artículo
- 15-C
Artículo 15-C del CÓDIGO Fiscal de la Federación
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Este artículo define qué es una "entidad financiera" para efectos del Código Fiscal. Básicamente, incluye a los bancos, aseguradoras que vendan seguros de vida, las administradoras de tu Afore, las uniones de crédito, las casas de bolsa y otras sociedades que manejan inversiones. También menciona que las cajas de ahorro (sociedades cooperativas de ahorro y préstamo) pueden ser consideradas entidades financieras, pero solo si están autorizadas por la ley correspondiente y cumplen con las mismas obligaciones que las demás.
Texto oficial
Artículo 15-C. Para los efectos de este Código, se entenderá como entidad financiera a las instituciones de crédito, instituciones de seguros que ofrecen seguros de vida, administradoras de fondos para el retiro, uniones de crédito, casas de bolsa, sociedades financieras populares, sociedades de inversión en renta variable, sociedades de inversión en instrumentos de deuda, sociedades operadoras de sociedades de inversión y sociedades que presten servicios de distribución de acciones de sociedades de inversión. Para ser consideradas como entidades financieras, las sociedades cooperativas de ahorro y préstamo autorizadas para operar en los términos de la Ley para Regular las Actividades de las Sociedades Cooperativas de Ahorro y Préstamo deberán cumplir con todas las obligaciones aplicables a las entidades financieras señaladas en el párrafo anterior. CÓDIGO FISCAL DE LA FEDERACIÓN CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios Última Reforma DOF 09-04-2026 14 de 377
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