Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.
Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/CFF/17-J
Ley
CÓDIGO Fiscal de la Federación
Artículo
17-J

Artículo 17-J del CÓDIGO Fiscal de la Federación

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si tienes un certificado del SAT para tu firma electrónica (la e.firma), tienes que cumplir varias obligaciones. Primero, debes ser cuidadoso y tomar medidas para que nadie más use tus datos de firma sin tu permiso. Segundo, si usas ese certificado, tienes que verificar que toda la información que diste al obtenerlo sea correcta y que el certificado esté vigente. Tercero, si algo pone en riesgo tu privacidad o la seguridad de tus datos, debes pedir que cancelen el certificado de inmediato. Si no haces esto a tiempo, tú eres responsable de cualquier problema legal que pueda pasar.

Texto oficial

Artículo 17-J.- El titular de un certificado emitido por el Servicio de Administración Tributaria, tendrá las siguientes obligaciones: I. Actuar con diligencia y establecer los medios razonables para evitar la utilización no autorizada de los datos de creación de la firma. II. Cuando se emplee el certificado en relación con una firma electrónica avanzada, actuar con diligencia razonable para cerciorarse de que todas las declaraciones que haya hecho en relación con el certificado, con su vigencia, o que hayan sido consignados en el mismo, son exactas. III. Solicitar la revocación del certificado ante cualquier circunstancia que pueda poner en riesgo la privacidad de sus datos de creación de firma. El titular del certificado será responsable de las consecuencias jurídicas que deriven por no cumplir oportunamente con las obligaciones previstas en el presente artículo.

Ver texto oficial del CÓDIGO Fiscal de la Federación (pág. 26) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.