Artículo 183 del CÓDIGO Fiscal de la Federación
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El SAT publica todo en su página de remates: el periodo de la subasta, los datos de los que participan, las ofertas que se hacen, y la fecha y hora exactas en que se reciben. Cada subasta dura cinco días, empezando al mediodía del primer día y terminando al mediodía del quinto día (siempre hora del centro de México). Si alguien mejora su oferta en los últimos 20 minutos, la subasta se alarga por tandas de 5 minutos hasta que nadie más mejore. Al final, el SAT le da el remate al que hizo la oferta más alta y ya pagó, y si dos ofrecen lo mismo, gana el que ofreció primero.
Texto oficial
Artículo 183. En la página electrónica de remates del Servicio de Administración Tributaria, se especificará el período de remate, el registro de los postores y las posturas que se reciban, así como la fecha y hora de su recepción. CÓDIGO FISCAL DE LA FEDERACIÓN CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios Última Reforma DOF 09-04-2026 230 de 377 Cada subasta tendrá una duración de cinco días que empezará a partir de las 12:00 horas del primer día y concluirá a las 12:00 horas del quinto día. En dicho periodo los postores presentarán sus posturas y podrán mejorar las propuestas. Para los efectos de este párrafo se entenderá que las 12:00 horas corresponden a la Zona Centro. Si dentro de los veinte minutos previos al vencimiento del plazo de remate se recibe una postura que mejore las anteriores, el remate no se cerrará conforme al término mencionado en el párrafo precedente, en este caso y a partir de las 12:00 horas del día de que se trate, el Servicio de Administración Tributaria concederá plazos sucesivos de 5 minutos cada uno, hasta que la última postura no sea mejorada. Una vez transcurrido el último plazo sin que se reciba una mejor postura se tendrá por concluido el remate. El Servicio de Administración Tributaria fincará el remate a favor de quien haya hecho la mejor postura y efectuado el pago de la postura ofrecida, dentro de los plazos establecidos en los artículos 185 y 186 de este Código. Cuando existan varios postores que hayan ofrecido una suma igual y dicha suma sea la postura más alta, se aceptará la primera postura que se haya recibido. Una vez fincado el remate se comunicará el resultado del mismo a través de medios electrónicos a los postores que hubieren participado en él, remitiendo el acta que al efecto se levante.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.