- Ley
- CÓDIGO Fiscal de la Federación
- Artículo
- 30-A
Artículo 30-A del CÓDIGO Fiscal de la Federación
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Si llevas tu contabilidad en computadora o algún sistema digital, el SAT (Servicio de Administración Tributaria) puede pedirte que le entregues la información de tus clientes y proveedores, además de los datos contables que tengas guardados en esos medios. Si solo vendes al público en general (sin identificar a cada cliente), solo tienes que dar los datos de tus proveedores y de tu contabilidad. Las empresas que prestan ciertos servicios (como contadores o sistemas de facturación) también están obligadas a dar esa información al SAT, pero deben identificarte con tu RFC (Registro Federal de Contribuyentes). Por último, tú, como usuario de esos servicios o como cliente de un banco, tienes que proporcionar los datos necesarios para que ellos puedan cumplir con esta obligación ante el SAT.
Texto oficial
Artículo 30-A. Los contribuyentes que lleven su contabilidad o parte de ella utilizando registros electrónicos, deberán proporcionar a las autoridades fiscales, cuando así se lo soliciten, en los medios procesables que utilicen, la información sobre sus clientes y proveedores, así como aquella relacionada con su contabilidad que tengan en dichos medios. Los contribuyentes que únicamente realicen operaciones con el público en general, sólo tendrán la obligación de proporcionar la información sobre sus proveedores y la relacionada con su contabilidad. Las personas que presten los servicios que mediante reglas de carácter general determine el Servicio de Administración Tributaria, estarán obligadas a proporcionar al citado órgano desconcentrado la información a que se refiere este artículo, relacionándola con la clave del registro federal de contribuyentes. Los prestadores de servicios solicitarán de sus usuarios los datos que requieran para formar la clave antes citada, o la misma cuando ya cuente con ella. Los organismos descentralizados que presten servicios de seguridad social deberán proporcionar a las autoridades fiscales, cuando así se lo soliciten, la información sobre sus contribuyentes, identificándolos con la clave del registro federal de contribuyentes que les corresponda. Los usuarios de los servicios mencionados, así como los cuentahabientes de las instituciones de crédito, deberán de proporcionar a los prestadores de servicios o a las instituciones mencionadas los datos que les requieran para cumplir con la obligación a que se refiere este artículo.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.