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Ley
CÓDIGO Fiscal de la Federación
Artículo
78

Artículo 78 del CÓDIGO Fiscal de la Federación

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si cometes un error de matemáticas en tus declaraciones y por eso pagas menos impuestos de los que debías, te van a multar con entre el 20% y el 25% de lo que omitiste. Pero si pagas esa diferencia más sus recargos dentro de los 15 días hábiles después de que te notifiquen el error, la multa se reduce a la mitad (quedaría entre el 10% y el 12.5%). Lo bueno es que ese descuento se aplica automáticamente, sin que necesites ningún trámite o resolución oficial.

Texto oficial

Artículo 78.- Tratándose de la omisión de contribuciones por error aritmético en las declaraciones, se impondrá una multa del 20% al 25% de las contribuciones omitidas. En caso de que dichas contribuciones se paguen junto con sus accesorios, dentro de los 15 días hábiles siguientes a la fecha en que surta sus efectos la notificación de la diferencia respectiva, la multa se reducirá a la mitad, sin que para ello se requiera resolución administrativa.

Ver texto oficial del CÓDIGO Fiscal de la Federación (pág. 147) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.

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