Artículo 78 del CÓDIGO Fiscal de la Federación
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Si cometes un error de matemáticas en tus declaraciones y por eso pagas menos impuestos de los que debías, te van a multar con entre el 20% y el 25% de lo que omitiste. Pero si pagas esa diferencia más sus recargos dentro de los 15 días hábiles después de que te notifiquen el error, la multa se reduce a la mitad (quedaría entre el 10% y el 12.5%). Lo bueno es que ese descuento se aplica automáticamente, sin que necesites ningún trámite o resolución oficial.
Texto oficial
Artículo 78.- Tratándose de la omisión de contribuciones por error aritmético en las declaraciones, se impondrá una multa del 20% al 25% de las contribuciones omitidas. En caso de que dichas contribuciones se paguen junto con sus accesorios, dentro de los 15 días hábiles siguientes a la fecha en que surta sus efectos la notificación de la diferencia respectiva, la multa se reducirá a la mitad, sin que para ello se requiera resolución administrativa.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.