- Ley
- CÓDIGO Fiscal de la Federación
- Artículo
- 84-J
Artículo 84-J del CÓDIGO Fiscal de la Federación
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Si una empresa (persona moral) no te entrega un estado de cuenta como lo marca la ley, le van a cobrar una multa de 140 a 260 pesos por cada estado de cuenta que falte. Esa multa la pagan por no cumplir con lo que dice el artículo 32-E del mismo código. La cantidad exacta se actualiza cada año según lo que publique el gobierno en la resolución miscelánea fiscal.
Texto oficial
Artículo 84-J. A las personas morales que cometan la infracción a que se refiere el artículo 84-I de este Código, se les impondrá una multa de $140.00 a $260.00 por cada estado de cuenta no emitido en términos del artículo 32-E de este Código. Multa del artículo compilada por resolución miscelánea fiscal DOF 05-01-2022. Actualizada DOF 27-12-2022. Compilada DOF 29-12-2023, 30-12-2024. Actualizada DOF 28-12-2025
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.