Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/CFPC/131
- Ley
- CÓDIGO Federal de Procedimientos Civiles
- Artículo
- 131
Artículo 131 del CÓDIGO Federal de Procedimientos Civiles
Explicado en lenguaje simple
Texto
En palabras simples
El Artículo 131 ya no existe en la ley. Fue eliminado oficialmente el 12 de enero de 1988, así que ya no aplica para nada. Cuando un artículo está "derogado", significa que se canceló y no tiene ningún efecto legal.
Texto oficial
ARTICULO 131.- (Se deroga). Artículo derogado DOF 12-01-1988
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.