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Artículo 131 del CÓDIGO Federal de Procedimientos Civiles

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El Artículo 131 ya no existe en la ley. Fue eliminado oficialmente el 12 de enero de 1988, así que ya no aplica para nada. Cuando un artículo está "derogado", significa que se canceló y no tiene ningún efecto legal.

Texto oficial

ARTICULO 131.- (Se deroga). Artículo derogado DOF 12-01-1988

Ver ley oficial en el DOF (pág. 21) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.