Artículo 252 del CÓDIGO Federal de Procedimientos Civiles
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Cuando se autoriza que un recurso (como una queja o apelación) pueda continuar su proceso, el juez debe notificar a las otras personas involucradas en el juicio para que puedan responder. Les dará un plazo de 5 días si se trata de una sentencia (decisión final del caso), o de 3 días si es un auto (decisión sobre un trámite), para que revisen el escrito donde se explican los agravios (las razones por las que se está inconforme). Esto aplica después de que se haya declarado que el recurso cumple con los requisitos legales o cuando se reciban los documentos necesarios.
Texto oficial
ARTICULO 252.- En el auto en que se declare que se han llenado los requisitos necesarios para que proceda la substanciación del recurso, o recibidos los autos, o expedida la copia respectiva, en los casos del artículo anterior, se mandará correr traslado a las demás partes, por el término de cinco días, si se tratare de sentencia, y tres, si de auto, del escrito de expresión de agravios.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.