Artículo 254 del CÓDIGO Federal de Procedimientos Civiles
Explicado en lenguaje simple
Texto
En palabras simples
Si alguien presenta pruebas en un juicio, la autoridad te da 10 días hábiles para recibirlas y revisarlas. Este plazo corre desde que se piden las pruebas hasta que se entregan. No importa si las pruebas son documentos, testigos o cualquier otra cosa, siempre son 10 días. Si no las entregas a tiempo, corres el riesgo de que ya no las acepten.
Texto oficial
ARTICULO 254.- Para recibir las pruebas a que se refiere el artículo anterior, se concederá un término de diez días.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.