Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.

Artículo 258 del CÓDIGO Federal de Procedimientos Civiles

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Este artículo habla de la “revisión forzosa”, que es cuando la ley obliga a un juez de mayor rango a checar una decisión de un juez de menor rango, como una segunda revisión automática. El juez superior va a analizar todo el asunto completo, a menos que la ley diga que solo vea ciertos puntos. El objetivo es decidir si confirma (deja igual), cambia o echa abajo la sentencia del juez de abajo. Para tramitar y resolver esta revisión, se siguen las reglas de este capítulo, siempre que sean aplicables.

Texto oficial

ARTICULO 258.- La revisión forzosa que la ley establece respecto de algunas resoluciones judiciales, tendrá por objeto estudiar el negocio en su integridad, a no ser que la misma ley la restrinja a puntos determinados, para el efecto de confirmar, reformar o revocar la sentencia del inferior. En su tramitación y fallo se observarán las reglas de este capítulo, en cuanto fueren aplicables. CAPITULO III Denegada apelación

Ver ley oficial en el DOF (pág. 37) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.