Artículo 258 del CÓDIGO Federal de Procedimientos Civiles
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Este artículo habla de la “revisión forzosa”, que es cuando la ley obliga a un juez de mayor rango a checar una decisión de un juez de menor rango, como una segunda revisión automática. El juez superior va a analizar todo el asunto completo, a menos que la ley diga que solo vea ciertos puntos. El objetivo es decidir si confirma (deja igual), cambia o echa abajo la sentencia del juez de abajo. Para tramitar y resolver esta revisión, se siguen las reglas de este capítulo, siempre que sean aplicables.
Texto oficial
ARTICULO 258.- La revisión forzosa que la ley establece respecto de algunas resoluciones judiciales, tendrá por objeto estudiar el negocio en su integridad, a no ser que la misma ley la restrinja a puntos determinados, para el efecto de confirmar, reformar o revocar la sentencia del inferior. En su tramitación y fallo se observarán las reglas de este capítulo, en cuanto fueren aplicables. CAPITULO III Denegada apelación
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