- Ley
- CÓDIGO Federal de Procedimientos Civiles
- Artículo
- 259
Artículo 259 del CÓDIGO Federal de Procedimientos Civiles
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El artículo 259 habla de un caso muy específico: cuando un juez no te acepta una apelación, es decir, no te deja impugnar una decisión. En ese momento, puedes usar lo que se llama "denegada apelación", que es un recurso para reclamar que sí deberían haber admitido tu queja. Básicamente, es una segunda oportunidad para pelear porque te negaron el derecho a apelar.
Texto oficial
ARTICULO 259.- La denegada apelación procede cuando no se admite la apelación. Fe de erratas al artículo DOF 13-03-1943
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
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