Artículo 266 del CÓDIGO Federal de Procedimientos Civiles
Explicado en lenguaje simple
Texto
En palabras simples
El artículo dice que cuando un caso ya fue juzgado una vez y alguien pide que lo revisen (eso es la segunda instancia), el proceso se va a manejar igual que como se explicó antes, en el capítulo anterior de la ley. Es decir, no hay un procedimiento nuevo o especial para la segunda vuelta, sino que aplican las mismas reglas que ya vienen escritas. En pocas palabras, si ya sabes cómo se tramita la primera instancia, la segunda se hace igual.
Texto oficial
ARTICULO 266.- La segunda instancia se tramitará en la forma prevenida en el capítulo precedente. CAPITULO IV Disposiciones comunes
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.