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Artículo 302 del CÓDIGO Federal de Procedimientos Civiles

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El Artículo 302 ya no existe. Fue eliminado (derogado) el 12 de enero de 1988, así que ya no tiene ningún efecto legal. Antes de esa fecha, había una corrección en el Diario Oficial en 1943, pero eso ya no importa. Lo único relevante es que este artículo ya no aplica para nada. El capítulo sobre notificaciones sigue vigente, pero este artículo en particular ya no cuenta.

Texto oficial

ARTICULO 302.- (Se deroga). Fe de erratas al artículo DOF 13-03-1943. Derogado DOF 12-01-1988 CAPITULO III Notificaciones

Ver ley oficial en el DOF (pág. 44) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.