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Ley
CÓDIGO Federal de Procedimientos Civiles
Artículo
321

Artículo 321 del CÓDIGO Federal de Procedimientos Civiles

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Cuando te avisan de algo legal (una notificación), ese aviso no cuenta ni aplica desde el mismo día en que te llega. La notificación empieza a tener efecto hasta el día siguiente de que te la entregaron. Por ejemplo, si te notifican un lunes, el plazo o la obligación que menciona el aviso comienza a correr hasta el martes. Esto te da un día de margen para prepararte.

Texto oficial

ARTICULO 321.- Toda notificación surtirá sus efectos el día siguiente al en que se practique. LIBRO SEGUNDO Contención TITULO PRIMERO Juicio CAPITULO I Demanda CÓDIGO FEDERAL DE PROCEDIMIENTOS CIVILES CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios Código Abrogado DOF 07-06-2023 47 de 129

Ver texto oficial del CÓDIGO Federal de Procedimientos Civiles (pág. 46) ↗

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