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Ley
CÓDIGO Federal de Procedimientos Civiles
Artículo
331

Artículo 331 del CÓDIGO Federal de Procedimientos Civiles

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El artículo 331 del Código Federal de Procedimientos Civiles dice que las reglas de los artículos 323 y 324 también aplican para la persona que es demandada en un juicio. Esto significa que, si tú eres el demandado, tienes la obligación de mostrar los documentos en los que basas tus defensas o pruebas. Por ejemplo, si presentas una excepción (una razón legal para evitar que te condenen) o pruebas para tu caso, debes entregar esos papeles igual que lo haría la otra parte. En pocas palabras, tanto el que demanda como el que se defienden tienen las mismas obligaciones con los documentos importantes del juicio.

Texto oficial

ARTICULO 331.- Lo dispuesto en los artículos 323 y 324 es aplicable al demandado, respecto de los documentos en que funde sus excepciones o que deban de servirle como pruebas en el juicio. CÓDIGO FEDERAL DE PROCEDIMIENTOS CIVILES CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios Código Abrogado DOF 07-06-2023 49 de 129

Ver texto oficial del CÓDIGO Federal de Procedimientos Civiles (pág. 48) ↗

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