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Artículo 358 del CÓDIGO Federal de Procedimientos Civiles

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Este artículo dice que, si no hay una regla especial para resolver un problema o asunto que surja durante un juicio (a eso se le llama "incidente"), se debe seguir el procedimiento general que explica este Título de la ley. Básicamente, es una regla para que no haya confusiones: todo incidente se resuelve de la misma manera, a menos que la ley indique otra cosa específica.

Texto oficial

ARTICULO 358.- Los incidentes que no tengan señalada una tramitación especial, se sujetarán a la establecida en este Título.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 52) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.