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Artículo 380 del CÓDIGO Federal de Procedimientos Civiles

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si alguien se niega a entregar un documento cuando se lo piden en un juicio, el juez resolverá esa negativa mediante un procedimiento especial llamado incidente. Un incidente es un mini-juicio dentro del juicio principal para decidir cosas que van surgiendo. Así que si la persona no quiere mostrar el documento, ese asunto se trata aparte y con reglas propias del juez.

Texto oficial

ARTICULO 380.- Si la persona de quien se pide la exhibición se opusiere a ella, se substanciará su oposición por el procedimiento incidental.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 56) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.