- Ley
- CÓDIGO Federal de Procedimientos Civiles
- Artículo
- 487
Artículo 487 del CÓDIGO Federal de Procedimientos Civiles
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Desde que se anuncia la subasta pública y mientras dura, los planos y los avalúos (que son los documentos con el precio estimado de lo que se vende) deben estar disponibles para que cualquier persona los pueda ver. Esto significa que no los pueden esconder ni guardar, sino que tienen que estar a la vista de todos. Así te puedes informar bien antes de ofrecer.
Texto oficial
ARTICULO 487.- Desde que se anuncie el remate, y durante éste, se pondrán de manifiesto los planos que hubiere, y estarán a la vista los avalúos.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.