Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.

Artículo 63 del CÓDIGO Federal de Procedimientos Civiles

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Los secretarios tienen que revisar que los documentos de cada caso estén bien numerados conforme se van añadiendo hojas nuevas. También deben firmar o poner su rúbrica (una firma rápida) en medio de cada hoja. Además, tienen que estampar el sello de la oficina justo en medio del expediente, de modo que el sello toque ambas caras de las hojas. Esto sirve para que nadie pueda cambiar o quitar hojas sin que se note.

Texto oficial

ARTICULO 63.- Los secretarios cuidarán de que los expedientes sean exactamente foliados al agregarse cada una de las hojas; rubricarán o firmarán todas éstas en el centro del escrito, y pondrán el sello de la secretaría en el centro del cuaderno, de manera que abarque las dos caras.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 13) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.