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Ley
CÓDIGO de Justicia Militar
Artículo
121

Artículo 121 del CÓDIGO de Justicia Militar

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Para decidir qué tan grave fue un delito y cómo castigarlo, el juez debe fijarse en varias cosas. Primero, analiza cómo se cometió el delito, si fue con violencia o no, y qué tanto daño causó o qué tan peligroso fue. También toma en cuenta quién es la persona acusada: su edad, su nivel de estudios, cómo se ha comportado antes y por qué decidió cometer el delito. Además, considera en qué situación estaba al momento del delito, si conocía a la víctima (como familiar o amigo), y detalles como la hora, el lugar y la forma en que pasó. Por último, el juez observa si después del delito la persona ayudó a la investigación o si trató de ocultar la verdad.

Texto oficial

Artículo 121.- Para determinar estas circunstancias se tendrá en cuenta: I.- La naturaleza de la acción u omisión y de los medios empleados para ejecutarla y la extensión del daño causado y del peligro corrido; II.- la edad, la educación, la ilustración, las costumbres y la conducta precedente del acusado y los motivos que lo impulsaron o determinaron a delinquir; III.- las condiciones personales en que se encontraba en el momento de cometer el delito y los demás antecedentes que puedan comprobarse, así como sus vínculos de parentesco, de amistad, o nacidos de otras relaciones sociales; la calidad de las personas ofendidas y las circunstancias de tiempo, lugar, modo y ocasión; IV.- la actitud del acusado con posterioridad a la comisión del delito y especialmente las facilidades que éste haya proporcionado para la averiguación de la verdad. TITULO SEGUNDO De las penas y sus consecuencias CAPITULO I Reglas generales sobre las penas

Ver texto oficial del CÓDIGO de Justicia Militar (pág. 40) ↗

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