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Ley
CÓDIGO de Justicia Militar
Artículo
122 Bis

Artículo 122 Bis del CÓDIGO de Justicia Militar

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El Sistema Penitenciario Militar funcionará con trabajo, educación, salud, deporte, entrenamiento militar y respeto a los derechos humanos. La idea es que los soldados que sean sentenciados puedan seguir aptos para el servicio militar voluntario y no vuelvan a cometer faltas. Las mujeres deberán cumplir su condena en espacios separados de los hombres. En resumen, buscan que el castigo sirva para rehabilitar y no solo para encerrar.

Texto oficial

Artículo 122 Bis.- El Sistema Penitenciario Militar se organizará sobre la base del trabajo, la capacitación para el mismo, la educación, la salud, el deporte, el adiestramiento, la instrucción militar y el respeto a los derechos humanos como medios para mantener al sentenciado apto para el servicio militar voluntario y evitar que vuelva a infringir la disciplina. Las mujeres compurgarán sus penas en lugares separados de los destinados a los hombres. Artículo adicionado DOF 13-06-2014

Ver texto oficial del CÓDIGO de Justicia Militar (pág. 40) ↗

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