- Ley
- CÓDIGO de Justicia Militar
- Artículo
- 152
Artículo 152 del CÓDIGO de Justicia Militar
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Este artículo dice que si alguien comete un delito durante una campaña militar o en un contexto de guerra, y no hay una regla especial que ya le ponga una sanción, entonces el castigo se hace más pesado. La pena puede aumentarse entre un 25% y un 75% más de lo normal. También cualquier otro castigo que se pueda hacer más severo se sube igual en esa misma proporción. Además, si la condena de un delincuente resulta ser menor a 16 días de cárcel, de todas formas se le aplica ese plazo mínimo de 16 días. O sea, no puede haber una sentencia más corta que eso.
Texto oficial
Artículo 152.- Cuando los delitos especificados en este libro se cometan en campaña y no exista disposición que expresamente los sancione o no la presuponga, se aumentará de una a tres cuartas partes las penas señaladas sin esa circunstancia. En la misma proporción se aumentarán las demás penas susceptibles de agravación. En cualquier caso que la pena que deba imponerse al responsable de un delito sea menor de dieciséis días de prisión, se aplicará este plazo. Artículo reformado DOF 17-10-1944
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.