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Artículo 177 del CÓDIGO de Justicia Militar

Explicado en lenguaje simple

En palabras simples

Ese artículo ya no existe. "Derogado" significa que lo quitaron de la ley por completo el 29 de junio de 2005, así que ya no tiene ningún efecto ni hay que seguirlo. Como fue eliminado hace años, no aplica para nada actualmente.

Texto oficial

Artículo 177.- (Se deroga). Artículo derogado DOF 29-06-2005

Ver ley oficial en el DOF (pág. 48) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.