- Ley
- CÓDIGO de Justicia Militar
- Artículo
- 206
Artículo 206 del CÓDIGO de Justicia Militar
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Imagina que te metes sin permiso a cuarteles, bases o campamentos militares, o te cuelas entre los soldados que andan en operaciones de guerra, con la intención de sacar información importante para dársela al enemigo. Pues eso es un delito grave que se castiga con cárcel de 30 a 60 años. O sea, te pueden encerrar un buen tramo de tu vida.
Texto oficial
Artículo 206.- A quien se introduzca en las plazas, fuertes, puestos militares o entre las tropas que operen en campaña, con objeto de obtener información útil al enemigo y comunicarla a éste, se le impondrá pena de treinta a sesenta años de prisión. Artículo reformado DOF 29-06-2005
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.