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Ley
CÓDIGO de Justicia Militar
Artículo
232

Artículo 232 del CÓDIGO de Justicia Militar

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si alguien consigue de manera legal los sellos o marcas oficiales del gobierno (como los que se usan para documentos importantes) y luego los usa de forma tramposa para sacar ventaja propia, beneficiar a otra persona o perjudicar al país, se va a ir a la cárcel por seis años. Esto aplica aunque los sellos sean auténticos, porque lo ilegal es usarlos con mala intención para engañar o causar daño.

Texto oficial

Artículo 232.- Quien habiéndose proporcionado las marcas, timbres o sellos verdaderos, destinados a los usos que indica el artículo anterior, los utilice de un modo fraudulento en perjuicio de la nación y en beneficio propio o ajeno, o en perjuicio de otro, será sancionado con la pena de seis años de prisión. Artículo reformado DOF 16-07-2025

Ver texto oficial del CÓDIGO de Justicia Militar (pág. 59) ↗

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