- Ley
- CÓDIGO de Justicia Militar
- Artículo
- 251
Artículo 251 del CÓDIGO de Justicia Militar
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Si alguien destruye o arrasa algo usando fuego o una explosión en una mina y además usa armas, le tocará de 30 a 60 años de cárcel. Pero si solo hace el incendio o la explosión sin usar armas, la condena será de 11 años de prisión. La ley diferencia el castigo según si se usaron armas o no, porque es más grave cuando hay violencia armada de por medio.
Texto oficial
Artículo 251.- Si el medio empleado para la destrucción o devastación, hubiere sido el incendio o la explosión de una mina, y para ello se hubiere hecho uso de la fuerza armada, se impondrá pena de treinta a sesenta años de prisión. Si no se hubiere usado de fuerza armada, la pena será de once años de prisión. Artículo reformado DOF 29-06-2005
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
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