Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/CJM/28
- Ley
- CÓDIGO de Justicia Militar
- Artículo
- 28
Artículo 28 del CÓDIGO de Justicia Militar
Explicado en lenguaje simple
Texto
En palabras simples
El Artículo 28 ya no está vigente, primero lo modificaron en 2012 y después lo eliminaron por completo en 2016. Significa que ya no existe en la ley, por lo que no hay ninguna obligación, prohibición o derecho que aplicar. Es como si esa regla legal hubiera desaparecido y ya no te afecta para nada.
Texto oficial
Artículo 28. (Se deroga). Artículo reformado DOF 09-04-2012. Derogado DOF 16-05-2016
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.