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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/CJM/28
Ley
CÓDIGO de Justicia Militar
Artículo
28

Artículo 28 del CÓDIGO de Justicia Militar

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El Artículo 28 ya no está vigente, primero lo modificaron en 2012 y después lo eliminaron por completo en 2016. Significa que ya no existe en la ley, por lo que no hay ninguna obligación, prohibición o derecho que aplicar. Es como si esa regla legal hubiera desaparecido y ya no te afecta para nada.

Texto oficial

Artículo 28. (Se deroga). Artículo reformado DOF 09-04-2012. Derogado DOF 16-05-2016

Ver texto oficial del CÓDIGO de Justicia Militar (pág. 5) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.

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