- Ley
- CÓDIGO de Justicia Militar
- Artículo
- 303
Artículo 303 del CÓDIGO de Justicia Militar
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Si un militar desobedece órdenes durante su servicio, le toca un año de cárcel. Pero hay casos donde la condena es más dura: si la desobediencia causa un daño grave, son dos años; si pasa durante una campaña militar, son cinco años, y si además perjudica las operaciones, se van a diez años. Lo peor es cuando la desobediencia ocurre frente al enemigo, ya sea yendo al ataque, defendiéndose, persiguiendo o retirándose; ahí la pena es de treinta a sesenta años de prisión.
Texto oficial
Artículo 303.- La desobediencia en actos del servicio será sancionada con un año de prisión, excepto en los casos siguientes: Párrafo reformado DOF 16-07-2025 CÓDIGO DE JUSTICIA MILITAR CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios Última Reforma DOF 16-07-2025 76 de 158 I.- Cuando ocasione un mal grave que se sancionará con dos años de prisión; Fracción reformada DOF 16-07-2025 II.- Cuando fuere cometida en campaña, que se sancionará con cinco años de prisión, y si resultare perjuicio a las operaciones militares, con diez años de prisión, y Fracción reformada DOF 16-07-2025 III. Cuando se efectúe frente al enemigo, marchando a encontrarlo, esperándolo a la defensiva, persiguiéndolo o durante la retirada, se impondrá pena de treinta a sesenta años de prisión. Fracción reformada DOF 29-06-2005
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