- Ley
- CÓDIGO de Justicia Militar
- Artículo
- 31
Artículo 31 del CÓDIGO de Justicia Militar
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Este artículo ya no sirve, porque fue eliminado de la ley desde el 16 de mayo de 2016. Cuando una ley dice que un artículo está "derogado", significa que ya no tiene efecto, como si lo hubieran borrado. También se eliminó todo el capítulo que hablaba del Cuerpo Médico Legal Militar, por la misma fecha. En pocas palabras, no tienes que preocuparte por este texto porque ya no es válido ni se aplica.
Texto oficial
Artículo 31. (Se deroga). Artículo derogado DOF 16-05-2016 CAPITULO II Del Cuerpo Médico Legal Militar (Se deroga) Capítulo derogado DOF 16-05-2016
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.