- Ley
- CÓDIGO de Justicia Militar
- Artículo
- 384
Artículo 384 del CÓDIGO de Justicia Militar
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Si alguien en el Ejército o la Armada comete una falta que cause daño a las tropas, o hace que se pierda un barco o un avión militar, le pueden caer diez años de cárcel. Esto aplica solo a personas que están sujetas a la justicia militar, no a civiles. La ley no dice si fue con intención o por accidente, sino que castiga el resultado del daño. En pocas palabras, si por tu culpa se daña un grupo de soldados o se pierde un vehículo de guerra, te arriesgas a una década en prisión.
Texto oficial
Artículo 384.- Cuando la infracción ocasionare daño a las tropas, o la pérdida de un buque o aeronave, se sancionará con diez años de prisión. Artículo reformado DOF 16-07-2025 CÓDIGO DE JUSTICIA MILITAR CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios Última Reforma DOF 16-07-2025 92 de 158
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