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Ley
CÓDIGO de Justicia Militar
Artículo
396 Quáter

Artículo 396 Quáter del CÓDIGO de Justicia Militar

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El artículo 396 Quáter dice que cualquier persona de la Guardia Nacional que, usando su uniforme, cargo o cualquier cosa que la identifique como parte de la institución, maltrate u ofenda a alguien, se va a ir a la cárcel por seis meses. El artículo 396 Quinquies habla del abuso de confianza: si alguien de la Guardia Nacional sale de la institución y no devuelve el equipo, armas, uniformes y demás cosas que le prestaron, le pueden dar prisión. Si lo que no devuelve vale menos de 200 Unidades de Medida y Actualización (que es una referencia para calcular multas y delitos), la cárcel es de hasta un año; si vale entre 200 y 2,000 UMA, la condena es de uno a tres años; y si vale más de 2,000 UMA, la prisión es de tres a seis años. El artículo 396 Sexies establece que si alguien finge que le robaron o perdió las armas o municiones que tenía a su cargo, le pueden dar de uno a siete años de cárcel. Estas reglas están en el capítulo que habla de delitos contra el honor militar, que son faltas graves para quienes pertenecen a la Guardia Nacional.

Texto oficial

Artículo 396 Quáter.- Quien con motivo de sus funciones haciendo uso de su uniforme, insignias, cargo o cualquier elemento que lo identifique como integrante de esta Institución, realice malos tratos u ofensas contra alguna persona, se le impondrá la sanción de seis meses de prisión. Artículo adicionado DOF 16-07-2025 Artículo 396 Quinquies.- Abuso de confianza. El personal integrante de Guardia Nacional que causaré baja de la Institución y no haga la entrega o devolución de todo el vestuario, armamento, municiones, equipo y demás bienes que le fue proporcionado para el desempeño de sus funciones, se le sancionará con: I.- Prisión hasta de un año cuando el monto del abuso no exceda de 200 Unidades de Medida y Actualización; II.- Si excede de esta cantidad, pero no de 2000 Unidades de Medida y Actualización, la prisión será de uno a tres años, y III.- Si el monto es mayor a 2000 Unidades de Medida y Actualización, la prisión será de tres a seis años. Artículo adicionado DOF 16-07-2025 Artículo 396 Sexies.- Quien simule el robo o extravío de armamento o municiones que tenga de cargo o bajo su resguardo, será sancionado de uno a siete años de prisión. Artículo adicionado DOF 16-07-2025 CAPITULO VII Contra el honor militar

Ver texto oficial del CÓDIGO de Justicia Militar (pág. 94) ↗

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